Miércoles, Febrero 22, 2012
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    Se comunica a los señres Directores de las diferentes II.EE. Públicas y Privadas de Educación Básica,...
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DOMINGO 22 DE ENERO SE APLICARÁ PRUEBA ÚNICA REGIONAL PARA CONTRATO DE DOCENTES

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Estará a cargo de los gobiernos regionales en estricto cumplimiento de la matriz establecida por el Ministerio de Educación

El Ministerio de Educación dispuso que el 22 de enero próximo se aplique, en todas las regiones del país, la prueba única regional de evaluación para contratar a 95 mil maestros y maestras que atiendan las actividades lectivas durante el Año Escolar 2012.

Según la directiva que aprueba las normas y procedimientos para el proceso de selección, evaluación y contratación de docentes en instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico Productiva, es competencia del Ministerio de Educación, disponer la fecha en que las Direcciones Regionales de Educación llevarán a cabo la aplicación de dicha prueba.

También es competencia del Ministerio de Educación, la elaboración de la matriz de la prueba regional descentralizada, la cual debe tener los aspectos y contenidos a evaluar; así como supervisar la aplicación de la misma y publicar los resultados, y brindar apoyo técnico a las DRE en la elaboración y aplicación del examen.

Entre las competencias y obligaciones de las autoridades regionales, a través de las DRE, figuran: la de elaborar y aplicar la prueba regional, en estricto cumplimiento de la matriz establecida por el Ministerio de Educación, así como supervisar el proceso de contratos en las Unidades de Gestión Educativa Local.

Asimismo, aplicar la prueba única regional en forma descentralizadas cuando las zonas son muy distantes o de difícil acceso, y publicar y entregar los resultados de la prueba a cada UGEL.

La directiva para contrato también establece que es competencia y obligación de las UGEL recibir los expedientes de los postulantes, conformar, mediante resolución, el Comité de Contratación; remitir a la DRE la relación de postulantes  inscritos en su jurisdicción, así como emitir las resoluciones de aprobación de contratos.

La UGEL que no tiene la condición de Unidad Ejecutora, puede llevar a cabo el proceso de contratación dentro de su jurisdicción, siempre que cuente con la resolución que delegue dichas funciones, emitida por la unidad ejecutora a la que pertenece.

Finalmente, es competencia y obligación de los directores de las instituciones educativas, dar posesión de cargo al docente contratado, así como informar oportunamente a las DRE, UGEL según corresponda, de las vacantes generadas en el transcurso del año lectivo.

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